Certificación del cumplimiento de los límites de ruidos. Finalizadas las obras o modificaciones en los locales se deberá presentar, previo al inicio de actividad, un estudio acústico realizado por una entidad colaboradora de la Administración de la Ley de Protección Integral Ambientada, acreditando que la instalación se ajusta a las condiciones aprobadas y no se superan los límites fijados por la ordenanza. También se establece un programa de vigilancia ambiental.
Limitadores. El Ayuntamiento ha dado un apretón de tuercas a los empresarios de negocios con música, estableciendo la obligación de instalar limitadores de sonidos conectados con la Concejalía de Medio Ambiente, así como medidas preventivas más severas en entradas y salidas para evitar los ruidos al vecindario. Es obligatorio y tendrán un año para la instalación.
Distancias. En zonas de uso residencial, sanitario, docente y cultural que requieran especial protección contra la contaminación acústica para que se autorice la instalación de locales con música o televisión en un radio de 65 metros respecto a otro local ya autorizado deberá aportarse estudio acústico realizado por empresa autorizada demostrando que no se superan los niveles permitidos.
Aislamiento acústicos en viviendas. Para la obtención de primera licencia de ocupación de los edificios de cualquier uso, siempre y cuando se requiera proyecto técnico de edificación, se exigirán los certificados realizados a partir de mediciones in situ que acrediten que los aislamientos son los adecuados. Si no es así, se deberán realizar mejoras en cerramientos de fachadas, cubiertas y ascensor.
Mapas de ruidos. Se realizarán por primera vez en las zonas de ocio y se adoptarán medidas concretas a aplicar para reducir ruidos.
Consulta nuestros limitadores de sonido adaptados a la nueva ley.